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Conozca y revise el plan regulador de su cantón y las reglamentaciones

Sin planificación en la construcción da cabida al crecimiento desmedido, escasez de viviendas adecuadas, proliferación de asentamientos informales, pobreza, desempleo e inseguridad..

Construir sin planificación conlleva a inseguridad urbana y un desmejoramiento de la calidad de vida

  • Delio Robles: Es fundamental que quien desee iniciar su edificación cuente con la guía y asesoría de un profesional que pueda interpretar el Reglamento de Construcciones y toda la normativa urbanística que conlleva. 

Cuando una ciudad crece sin control, consume  grandes cantidades de suelo, muchas personas podrían verse obligadas a alejarse de servicios básicos, lugares de trabajo y oportunidades, lo que tendría efectos negativos en su calidad de vida y en el medio ambiente

En una ciudad que se expande sin planeación, todo quedaría más lejos y posiblemente la distribución de infraestructura sería desigual, por lo que en algunos lugares podrían faltar: servicios públicos: como  agua , electricidad,  saneamiento, hospitales, escuelas o espacios públicos adecuados.

Otro efecto indeseado es el aumento de la contaminación y los riesgos ambientales porque se fomenta el uso del automóvil y un mayor consumo de energía. 

Sin planificación para dar cabida al crecimiento habría escasez de viviendas, proliferación de asentamientos informales, pobreza, desempleo, inseguridad entre otros. 

Por esta razón,   las normas urbanísticas cumplen un papel preponderante en la concepción y desarrollo de una ciudad pues entre sus funciones están: 

1.    El nivel concreto de dotaciones públicas e infraestructuras.
2.    La accesibilidad a los equipamientos y servicios públicos.
3.    La mezcla de usos y actividades urbanas.
4.    El diseño de los espacios públicos y de relación.
5.    El paisaje urbano y la identidad de las distintas áreas que contribuyen a conseguir ciudades cohesionadas espacial y socialmente.

En Costa Rica desde el año 1968 se cuenta con la Ley de Planificación Urbana, N°4240. Esta norma ha sido de vital importancia en el país, ya que con ella se ha procurado la seguridad, salud, comodidad y bienestar de las comunidades, a partir del planeamiento y control ordenado de los espacios urbanos del territorio.

Y amparados en esta ley, y bajo la tutela del INVU, se aplican una serie de  reglamentos para establecer un desarrollo urbano adecuado por medio de los  planes reguladores, estos 5 reglamentos  son: 

•    Reglamento de Zonificación,  
•    Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones
•    Reglamento Mapa Oficial, 
•    Reglamento de Renovación Urbana y
•    Reglamento de Construcciones


En esta edición de Proyección INVU, los expertos e invitados, el arquitecto Delio Robles de la Unidad de Asesoría y Capacitación del INVU, y el arquitecto Pablo Mora miembro de la Junta Directiva del CFIA-  comentaron la importancia de regirse bajo las reglamentaciones que existen  cuando las personas desean construir. 

El arquitecto Robles indicó que es fundamental que quienes desean construir siempre  busquen guía profesional  y que sepan que existen regulaciones y leyes. "De allí la importancia de los planes reguladores, estos  son los que dictan si se puede o no realizar la construcción que uno como cliente desea", explicó. 

Aclaró también la importancia del Reglamento de Construcciones, el cual  establece las disposiciones para la construcción, ampliación y remodelación de edificaciones. El objetivo del Reglamento es que se pueda remitir de forma ágil hacia la normativa específica de leyes y reglamentos  para los distintos tipos de construcciones. Robles acotó que el Reglamento es una guía que orienta al profesional y al cliente  sobre lo que se puede o no realizar. 

Además fue enfático en que el Reglamento de Construcciones responde a un principio técnico. " Normalmente las personas consultan  ¿por qué hay restricciones o no puedo realizar  ventanas en la colindancia vecina o  establecer la alturas que deseo en mis paredes? Estas normativas tienen un fin técnico específico ya sea de retiros para  garantizar iluminación y ventilación natural, entre otros y sobre todo  busca mejorar la calidad de vida de quienes van a vivir en esa edificación y en la colectividad". 

Por su parte el arquitecto Mora, respaldó la posición de Robles y justificó que las normativas  no son un tema antojadizo y se realizan para evitar problemas constructivos más adelante. Además recomendó que quienes deseen construir soliciten ante la municipalidad un estudio de suelo. " La clave está en la regulación que otorguen los gobiernos locales;   se debe contar con certificado de uso de suelo que indicará  lo que la persona interesada desea hacer y si es factible y permitido llevarlo a cabo. 

Ambos coincidieron en siempre investigar y preguntar todas las fases de la construcción de previo: uso de suelo, estudios de suelo, disponibilidad de agua, electricidad e internet, entre otros. Esto garantizará que lo invertido en dinero y tiempo para la edificación verá sus frutos y no existirán inconvenientes durante  el proceso. 

 

 

El arquitecto Pablo Mora del CFIA explicó que algunas municipalidades no cuentan con plan regulador y por tanto se deben amparar a la Ley de Planificación Urbana en donde el INVU emite las regulaciones establecidas en esta ley de aplicación supletoria cuando corresponde.

El arquitecto Pablo Mora del CFIA explicó que algunas municipalidades no cuentan con plan regulador y por tanto se deben amparar a la Ley de Planificación Urbana en donde el INVU emite las regulaciones establecidas en esta ley de aplicación supletoria cuando corresponde.

Durante su intervención en  Proyección INVU,  el arquitecto de la Unidad de Asesoría y Capacitación, Delio Robles recomendó a quienes deseen  iniciar su proyecto de construcción que al menos puedan conocer  aspectos básicos del Reglamento de Construcciones. " No puedo comprar y pensar que construyo sin ninguna limitación. Las personas que no son expertas, deben tener al menos una noción. Por ejemplo con los retiros frontales o  llamados antejardín el cual establece un retiro mínimo  si el lote está frente a ruta cantonal o nacional. Si es ruta cantonal el retiro será de al menos  2 metros, si estamos frente a ruta nacional, este retiro lo determina la normativa del MOPT y dependiendo de la ruta." 

 

Si desea repasar nuevamente este Programa  lo puede visualizar en la sección de Transparencia Institucional