Acceso a la Información (Petición de información)
Cualquier persona podrá solicitar a la institución respectiva la liberación de un conjunto de datos de su interés, en formato abierto, neutral e interoperable.
Las Instituciones Públicas deberán responder en un plazo de entre diez y treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción por parte de la respectiva institución pública, así como publicarlos datos en el portal nacional de datos abiertos. En caso de tratarse de datos abiertos ya publicados, la Institución Pública deberá remitir al solicitante de forma inmediata la ubicación donde se alojan los datos. En caso de negación total o parcial de la apertura del conjunto de datos en cuestión, la institución pública deberá explicar por escrito al solicitante y con copia a la Secretaría el motivo de su actuación, así como el fundamento jurídico respectivo. Ante la denegatoria de información, el solicitante cuenta con el derecho de recurrir esa decisión de la institución pública, en la vía administrativa y/o judicial correspondiente.
Información de acceso público: cualquier tipo de dato que sea generado o resguardado por quien ejerza una función o potestad pública y que no tenga su acceso restringido por ley.
Solicitud: La solicitud de información pública requerirá una descripción clara de lo que se solicita y señale un medio para recibir notificaciones. En caso de no describirse con claridad, se tendrá un plazo de 3 días a partir de la recepción. El solicitante que contará con un plazo de 5 días hábiles a partir de la notificación para subsanar la petición. Finalmente, la persona que presente barreras para la formulación de la solicitud, es responsabilidad de la Administración brindar la ayuda necesaria sin discriminación alguna.
Costo: El costo de la reproducción de la información pública solicitada será de cuenta del solicitante. Tales gastos no podrán exceder el costo de reproducción y de envío. El funcionario encargado procurará reducir el costo al mínimo. Costo por copia 50 colones , costo por expediente no mayor de 100 hojas - 5 000 colones + IVA. Mientras que para cada folio escaneado el valor por escaneo será de 20 colones, a partir del sexto folio. Esta cantidad deberá de cancelarse en la cuenta #5410 (001-0005410-0 a nombre del INVU), en las cajas recaudadoras del BCR, ubicadas en el Edificio Orowe del INVU, el documento de copia sumistrado por el cajero constará en los expedintes que reciba.
Respuesta: En plazo máximo de diez días hábiles, contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Si debido a la complejidad de lo requerido, la autoridad pública necesita un plazo mayor para atender la gestión debe informarlo y justificar.
Competencia: Si el funcionario encargado concluye que lo requerido no es de su competencia institucional, deberá rechazar la petición por acto motivado. Si tiene conocimiento de la autoridad externa competente para brindar la información, deberá remitir la solicitud a la institución correspondiente en el plazo tres días hábiles.